SERVICIOS MARITIMOS

Panamá cuenta con la flota mercante más grande del mundo, en términos de buques y tonelaje con 8.686 embarcaciones, lo que representa el 22,3 por ciento de la flota mundial. Panamá, reelegida como clase A por la OMI, es considerada una potencia marítima de trascendencia mundial con una flota naviera superior a los 200 millones de toneladas brutas.

En el Consulado General de Panamá en Valencia brindamos una gama de Servicios Marítimos, que incluyen:

  • Registro de embarcaciones con Bandera de Panamá.

  • Licencias y certificados de gente de mar / Refrescos de libros de gente de mar.

  • Venta de bitácoras, libros de aceite y libros de tripulantes.

  • Pago del pago de impuestos anuales de la embarcación

  • Licencias de radio.

  • Registro provisional de Certificado de Navegación (y prórroga).

  • Factura de venta.

  • Registro de hipoteca.

  • Cancelación de bandera.

En el Consulado, nuestra principal prioridad es brindar un servicio personalizado y expedito a nuestros clientes en la industria marítima.

OTROS SERVICIOS

A continuación se presentan otros servicios marítimos comúnmente solicitados en los que podemos brindar una solución expedita. Póngase en contacto con nuestra oficina para solicitar cualquiera de estos servicios o si desea obtener más información.

  • Prórroga provisional de licencia de radio (x meses)

  • Prórroga del certificado de navegación (x meses)

  • Cambio de titular de la embarcación

  • Cambio de tonelaje del buque registrado

  • Cambio de nombre del buque

  • Cancelación de registro panameño

  • Registro de hipoteca Cancelación de hipoteca Factura de venta

Para embarcaciones

  • Registro de embarcaciones

  • Pago de impuestos anuales

  • Licencias de radio

  • Registro Provisional de Certificado de Navegación (y prórroga)

  • Libros de bitácora, aceite y lista de tripulantes

  • Otros servicios a la embarcación como:
    o Escritura de compraventa
    o Registro de hipoteca
    o Cancelación de bandera

Para la tripulación

  • Endoso de libros de marinero

  • Refrendo de títulos y certificados

Tenga la seguridad de que todos los servicios que brindamos se entregan de manera expedita, con calidad y de acuerdo con las necesidades de su negocio.

VENTAJAS DEL REGISTRO PANAMEÑO

  • Confiable sistema de hipotecas navales que cuentan con el respaldo de la banca nacional e internacional.

  • El procedimiento de inscripción es sencillo y ágil, lo que permite el registro de una nave en un lapso de ocho horas, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos.

  • Cualquier persona, natural o jurídica, no importa su nacionalidad y lugar de procedencia, es elegible para registrar naves bajo bandera panameña.

  • Funcionamiento en las oficinas de Panamá las 24 horas a pesar de la diferencia de horarios.

  • Representación estratégica en sesenta países del mundo a través de los consulados de marina mercante.

  • Adopción del sistema de calidad.

  • Estricto cumplimiento de los convenios internacionales sobre la seguridad marítima, el IGS, STCW 78/95, entre otros.

  • Exención de los impuestos sobre las ganancias provenientes de la actividad realizada.

  • Mediante la ley 25 de 3 de junio de 2002 podrá concederse un descuento adicional de hasta el veinticinco por ciento (25%) sobre el Impuesto Anual y de cincuenta por ciento (50%) sobre la Tasa Anual Consular, por un término de cuatro años, siempre que se trate de grupos de como mínimo cuatro naves de nueva construcción que representen, por lo menos, más de cincuenta mil toneladas de registro bruto (50,000 TRB) hasta cien mil toneladas de registro bruto (100,000 TRB) y a grupos de cuatro naves de más de 100,000 TRB, un descuento adicional de hasta 35% sobre el Impuesto Anual y de 50% sobre la Tasa Anual Consular, siempre y cuando, que el o los propietarios se comprometan a mantener la nave en el registro panameño por un término de cuatro años.

  • Los armadores y operadores de naves bajo bandera panameña tienen acceso al sistema contemplado en la ley de sociedades anónimas.

  • No existen requisitos de tonelaje mínimo; sin embargo, naves con más de 20 años tendrán que pasar una inspección especial por un inspector panameño autorizado para obtener una patente reglamentaria.

  • Los dueños de naves que deseen transferirlas a bandera panameña no tendrán que ser re inspeccionadas si las naves poseen un certificado de seguridad y tonelaje válido expedido por una organización o sociedad reconocida; sin embargo, al momento del registro una entidad reconocida deberá emitir nuevos certificados en nombre de la administración panameña.